Este jueves la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aprobó por unanimidad, modificar  la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos relacionada con la renovación de la delegación política de la comunidad de Tetelcingo, municipio de Cuautla. 

En la sentencia del juicio SCM-JDC-2377/2021, el pleno determinó que el Tribunal local no debió concluir que la convocatoria para elegir a sus representantes fue emitida conforme a los usos y costumbres de la comunidad, cuando la materia de cuestionamiento por la actora y representantes de trece colonias de Tetelcingo fue el método considerado como “uso y costumbre”, según el cual, los términos de la convocatoria y de la elección son decididos por el Ayuntamiento y los representantes de las cinco planillas existentes -encabezadas siempre por hombres-. 

Asimismo, se señaló que, si bien los pueblos y comunidades indígenas gozan de autonomía, lo cierto es que dicho principio no es absoluto, por lo que la participación de las mujeres en el proceso electivo no debió ser considerada como una cuestión que la Asamblea General de Tetelcingo podía desatender. 

En consecuencia, se modificó la resolución para que sea la Asamblea General quien precise qué colonias deben participar en el proceso electivo y analice la propuesta de la actora, garantizando la participación de las mujeres.