Tribunal colegiado confirma: Congreso de Morelos debe fundamentar juicio político contra exgobernador Graco Ramírez.

Por Justino Miranda

Cuernavaca, Mor.- El exgobernador Graco Ramírez Garrido Abreu (2012-2018) se encuentra en vilo de ser sometido a juicio político por el Congreso de Morelos, luego de que un tribunal colegiado confirmó la sentencia de un juzgado federal y ordenó al Poder Legislativo de Morelos presentar un nuevo acuerdo fundado y motivado sobre la procedibilidad o no del juicio político que promovió en su contra el gobierno de Cuauhtémoc Blanco Bravo, en septiembre de 2019.

El Consejo de la Judicatura Federal publicó el acuerdo del Primer Tribunal Colegiado en materia Penal y Administrativa, por el que resolvió el amparo en revisión 560/2023 y ratificó el fallo del Juzgado Cuarto de Distrito relativo al juicio de amparo 673/2020, consistente en negar la protección de la justicia federal a Graco Ramírez contra actos de la LIV Legislatura.

El exgobernador argumentó que el proceso legislativo en su contra era inviable por actos de omisión de los diputados y por fallas en la aplicación de algunas leyes para someterlo a juicio.

En su fallo, el tribunal colegiado rechazó todos los argumentos del exmandatario morelenses y sólo concedió la razón por cuanto a solicitar al Congreso de Morelos la presentación de un nuevo acuerdo fundado y motivado sobre la procedibilidad o no del juicio político.

Origen de juicio de amparo.

El Congreso de Morelos admitió el juicio político en febrero de 2020 contra Graco Ramírez por retener la ministración de recursos al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), así como a la Fiscalía General del Estado (FGE), correspondientes al ejercicio fiscal 2018.

En respuesta, el exgobernador perredista presentó el juicio de amparo 673/2020 en septiembre de 2020, por el cual impugnó el proceso legislativo y citó presuntas irregularidades en la aplicación del Reglamento para el Congreso del Estado de Morelos por el que se estableció que la mayoría calificada son 13 diputados, siendo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación había resuelto en otro caso que se requieren 14 votos para alcanzar esa mayoría en un Legislativo de 20 diputados.

También aludió una presunta indebida integración e incompetencia de la Junta Política del Congreso del Estado, actuando como jurado de procedencia; la determinación de 14 de noviembre de 2019, en la que se ratificó el juicio político en su contra; el emplazamiento al juicio político practicado el 17 de agosto de 2020; y la inminente resolución dentro del juicio político de origen.

En ese entonces, el juzgado federal le concedió la suspensión provisional para efecto de que se desahogara el proceso de juicio político, pero que no se emitiera sentencia alguna. Más adelante le negó la suspensión definitiva por lo que el exgobernador promovió un recurso de revisión, el mismo que resolvió el tribunal colegiado.

El fallo confirma el sobreseimiento del amparo respecto a la omisión del Poder Legislativo y ratificó la negativa de la protección de la justicia federal sobre los argumentos de que habría prescrito el plazo para ser sujeto de juicio político y que no fue emplazado en tiempo y forma.

El tribunal colegiado mantuvo la concesión del amparo otorgada por el Juzgado Cuarto de Distrito al exgobernador perredista, para el efecto de que la Junta Política y de Gobierno del Congreso del Estado de Morelos de la actual legislatura deje si efecto el acuerdo del 14 de noviembre de 2019 por el que se radicó el juicio político en su contra y emita uno nuevo debidamente fundado y motivado.

El tribunal considera que los entonces diputados de la Junta Política y de Gobierno de la LIV Legislatura no argumentaron las razones de la procedibilidad del juicio político como lo exige la fracción II del artículo 16 de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.