Por Justino MIranda
CUERNAVACA, Mor.- El Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos (IEBEM) y la Sección 19 del SNTE, emitieron un comunicado conjunto para precisar que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sobre la controversia constitucional a la Armonización a la Ley de Educación del Estado de Morelos, no trastoca los derechos laborales de los maestros, principalmente en el goce de 90 días de aguinaldo, así como al conjunto de prestaciones que se aluden en párrafos anteriores.
El jueves la Corte resolvió parte de la controversia constitucional y el acuerdo fue interpretado por el magisterio disidente como adverso a las derechos laborales conquistados
En el comunicado el gobierno estatal y la representación sindical del SNTE en Morelos, precisan que el resolutivo de la Corte es para declarar inválidos los Artículos 14 bis, 22 Quintus, Cuarto y Sexto Transitorios, en su ámbito de competencia.
“En la argumentación de la Suprema Corte queda claro que no se trata de derechos laborales, se trata de un ámbito de invasión de competencias donde el Congreso del Estado no tiene facultades para legislar respecto a derechos laborales”, cita.
Aclara asimismo que las prestaciones laborales de los maestros están a salvo junto con todas las cláusulas consideradas en el Convenio Nacional de Automaticidad para el Pago de Prestaciones y Salarios, firmado por el SNTE, la SEP, los Gobernadores de los Estados y los Representantes de la Secciones Sindicales en las entidades federativas en el 2014.
En consecuencia, insiste el gobierno y la sección 19 del SNTE, no existe el riesgo de que los 90 días de aguinaldo que se pagan a solamente los maestros activos y jubilados de Morelos, se modifique, ya que en el Convenio de Automaticidad se reconocieron los anexos de las 32 entidades federativas, que contienen las prestaciones adquiridas en el estado.