Por Leticia Villaseñor
CUERNAVACA, Mor., 22 de julio.- Los Servicios de Salud Morelos (SSM) admitieron la recomendación de la CNDH respecto a la “violencia obstétrica e inadecuada atención médica”, en agravio de una adolescente en cuyo parto, de acuerdo con el análisis de Derechos Humanos, se cometieron irregularidades desde la detección oportuna de riesgo obstétrico. La queja cita que la deficiente atención médica provocó el fallecimiento del bebé.
La dependencia estatal cita en un boletín oficial que en el caso de la paciente atendida en el Hospital General de Tetecala “Dr. Rodolfo Becerril de la Paz”, en mayo de 2014, se “asumirá todas y cada una de las recomendaciones aplicables, y se tomarán las medidas necesarias para fortalecer los mecanismos y lineamientos de control en la detección oportuna de riesgo obstétrico, la vigilancia del trabajo de parto, el llenado del expediente clínico y la protección de los derechos humanos de los pacientes y particularmente de las mujeres”.
Patricia Mora González, titular de los Servicios de Salud, afirmó que si bien no se acreditó mala práctica médica ni negligencia por la autoridad de justicia jurisdiccional, se detectaron falta de apego estricto a protocolos y deficiencias en el llenado del expediente clínico, por lo que derivado de los hechos relacionados con esta paciente, el personal directivo de la unidad fue relevado.
Dio a conocer asimismo la inauguración de la Clínica de Diagnóstico Oportuno de Riesgo Obstétrico (DORO), en mayo pasado, que tiene como objetivo detectar de manera temprana las complicaciones en el embarazo, parto y puerperio, a partir de la semana 32-41 de gestación, reforzando con esto el control prenatal de los Centros de Salud periféricos.
Trato inadecuado
El caso de la adolescente Leticia Moreno del Ángel, entonces de 16 años de edad, comenzó en febrero de 2014, Leticia Moreno del Ángel, al acudir al hospital “Rodolfo Becerril de la Paz’, por presentar actividad uterina producto de su embarazo.
El médico que la atendió diagnosticó en su “nota médica” una amenaza de parto pretérmino sin establecer, como indican el protocolo, hora y signos vitales del binomio materno-infantil.
La recomendación de la CNDH indica que tres meses después la joven regresó al nosocomio para ser valorada y un segundo médico, quien suscribió en su ““Hoja de seguimiento de riesgo de prueba sin estrés” que la paciente no presentaba contracciones, sin pérdidas vaginales y con signos estables; dejó la cita abierta.
Pero omitió la hora, cargo, indicaciones, datos de alarma y no reportó el fondo uterino.
Finalmente el 27 de mayo de 2014 la paciente acudió nuevamente al hospital con dolores de labor de parto al cursar embarazo de 39.4 semanas de gestación. En esa ocasión fue atendida por un tercer médico quien omitió los antecedentes gineco-obstétricos y los síntomas que presentó en la valoración de este día, como mareo, zumbido auditivo anormal y náuseas, y determinó un posible embarazo de alto riesgo, cuando, según la CNDH, debió diagnosticarla con un cuadro de preeclamsia severa que requería la interrupción del mismo mediante cesárea urgente.
La adolescente ingresó al quirófano para ser sometida a una cesárea pero el bebé no presentó esfuerzo respiratorio y registró frecuencia cardiaca muy débil; 40 minutos más tarde se determinó su defunción por “asfixia por bronco aspiración de líquido amniótico”, lo que consta en el certificado de muerte fetal del recién nacido.
La CNDH indicó que en el resumen clínico de la paciente, el médico, luego de realizar diferentes maniobras de reanimación, reportó “probable cardiopatía congénita compleja no compatible con la vida”, lo que representó una contradicción.
Por ese motivo la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la recomendación 20/2015 al gobernador Graco Ramírez Garrido Abreu, por violencia obstétrica e inadecuada atención médica en agravio de Leticia Moreno.
Foto: Conurbados