Antonella Ladino
Cuernavaca, Mor., 21 de agosto.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la reforma en materia electoral que aprobó el Congreso de Morelos para aumentar de 5 a 12 años el número de residencia para los aspirantes a contender por la gubernatura. La reforma fue aprobada por el PRD y sus aliados en el Legislativo morelense.
A finales de mayo la Corte admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Encuentro Social (PES), contra la reforma constitucional en materia electoral, toda vez que interpretó dedicatoria para su militante Cuauhtémoc Blanco Bravo, colocado como candidata natural del PES para buscar la gubernatura en el 2018.
El dirigente del PES Hugo Eric Flores, celebró la legalidad por parte de la SCJN en contra de leyes que, dijo, afectan los derechos político-electorales.
Durante la sesión el pleno de la SCJN resolvió la Acción de Inconstitucionalidad presentada por Encuentro Social, con número de expediente 29/2017 y acumulados, en el sentido de declarar como inválidos e inconstitucionales los artículos que establecían una residencia efectiva de 12 años para ser candidato a gobernador del estado de Morelos, por lo que la Constitución de Morelos quedará como inicialmente estaba.
“De nueva cuenta la justicia federal, a través de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pone un alto a las arbitrariedades, injusticias y favoritismos que se han convertido en una práctica cotidiana y reiterada por parte del gobierno del estado de Morelos y del Congreso local”, expresó el dirigente del PES.
La Corte también invalidó los requisitos especiales para presidentes municipales y sindico de edad de 25 años o residencia de siete años. Asimismo declaró inconstitucional la reforma relativa a la geografía electoral y redistritación.