Cuernavaca, Mor., a 11 de febrero.- La diputada Keila Celene Figueroa Evaristo presentó este jueves ante el Pleno del Congreso del Estado una Iniciativa con Proyecto de Decreto al Código Penal para el Estado de Morelos, por el cual se reforman y adicionan diversos artículos relacionados con el robo de vacunas, la venta de biológicos y tanques de oxígeno apócrifos y la equiparación con el delito de fraude, al sobreprecio en la venta de tanques de oxígeno.
En este mismo sentido se pronunció la presidenta de la Comisión de Salud del Congreso del estado, la diputada Rosalina Mazari Espín, quien presentó Iniciativa de Ley que busca equiparar al delito de fraude, el sobreprecio injustificado en la venta, renta o recargas de tanques de oxígeno, así como en la comercialización de concentradores de este vital elemento durante la emergencia generada por la pandemia sanitaria.
En su exposición de motivos, la legisladora Keila Figueroa dijo que “Morelos es una de las entidades con el mayor número de personas infectadas por el virus SARS-Cov-2”, y que a la fecha “el estado tiene más de 29 mil 86 casos activos y más de mil personas fallecidas”. Asimismo, agregó que “la Secretaría de Salud ha informado que la capacidad de los hospitales está superada en un 90%, lo que hace que un número considerable de personas esté llevando su tratamiento en casa y de esa forma, a costa de la economía familiar, se consigan los insumos necesarios para su total recuperación”.
La diputada del grupo parlamentario de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), consignó que la mayor demanda de instrumentos médicos, además del cubrebocas, es el oxígeno, que además de tener un costo alto, debido al aumento de los casos activos, está escaseando y lamentó que “en los últimos días, las empresas han sacado provecho de la emergencia, del sufrimiento y de la necesidad de las familias mexicanas, lucrando indebidamente, con la venta de oxígeno a un alto costo”. Incluso, precisó que “existen casos documentados en que personas, a través de redes sociales o páginas apócrifas, engañan a otras con la simulación de la venta de oxígeno”.
Por tales argumentos, la diputada Figueroa Evaristo planteó adicionar una Fracción XII al artículo 176, recorriéndose en su orden las subsecuentes fracciones; una Fracción X al artículo 189; y un artículo 189 BIS, todas al Código Penal para el Estado de Morelos.
En el caso del artículo 176 se plantea aumentar “hasta las dos terceras partes las sanciones previstas en los artículos anteriores” cuando el robo se trate de “vacunas extraídas de hospitales públicos, las cuales estén destinadas a combatir enfermedades consideradas mortales”.
Por otra parte, en la adición al artículo 189 se contempla aplicar sanciones a quien “obtenga una cantidad de dinero o cualquier otro lucro, por la venta, renta, suministro o relleno de tanques de oxígeno, cuando en realidad contenga otra sustancia; así como por la venta de supuestas vacunas, que no contengan el antivirus ofrecido”.
Finalmente, en el artículo 189 BIS se prevé aplicar la misma sanción del artículo 189 a quién, aprovechándose de una emergencia sanitaria declarada por las autoridades competentes, “venda, rente, suministre o rellene tanques de oxígeno, a un sobreprecio que supere en un 30 por ciento del valor máximo del ofrecido por las tiendas de autoservicio de la capital del estado”.