Por Uzziel Becerra
Una disputa en redes sociales respecto de la incorporación de Chumel Torres en un diálogo organizado por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, y que fue cancelado por el mismo organismo, fue el prólogo de un conjunto de críticas del Presidente de la República sobre los organismos públicos autónomos que tutelan derechos humanos, proponiendo que sea el gobierno a través de la Secretaría de Gobernación quien observe de forma directa la protección de derechos. Lo anterior tiene antecedentes en la animadversión del Presidente para con los organismos constitucionales autónomos y los límites al poder, revelando su visión de tutela de derechos humanos desde el gobierno. ¿Cómo entender la importancia de estos organismos en contraposición con la visión de tutela gubernamental de derechos?
El Conapred tuvo la iniciativa de organizar un foro para problematizar el racismo y clasismo en México, incluyendo actores y comediantes, entre el que destacó el chihuahuense Chumel Torres, youtuber que ha sido señalado por diversos sectores sociales como clasista y racista. El objetivo del foro era generar un diálogo entre personas con posturas disonantes, es decir, la manifestación de ideas distintas y heterodoxas, sin embargo la presión de la esposa del Presidente, Gutiérrez Müller, y la intensa discusión pública en redes sociales orilló al instituto a cancelar el evento, que se llevaría a cabo vía Facebook live. Ante lo cual, Chumel y los demás participantes organizarán un diálogo sin la Conapred e incluyendo a académicos de la UNAM para problematizar este fenómeno.
Por su parte, López Obrador habría señalado que apenas se enteraba del Conapred cuando se anunció el foro, evidenciando el menosprecio por la institución mas que el hecho de que desconociera de su existencia, y manifestar después que el Conapred debería desaparecer y dejar su función garante directamente en manos de la Secretaría de Gobernación. Además, criticó la existencia de múltiples organismos autónomos para proteger derechos humanos, entre los que incluyó los adultos mayores, personas con discapacidad, radio y televisión, regulación energética, regulación del gas y transparencia. Así, los reclamos del Presidente evidencian una visión de Estado respecto de la protección y garantía de derechos humanos: que el gobierno debe tutelar los derechos y no debe haber organismos autónomos.
Lo anterior implica regresar a un modelo de tutela de derechos desde el poder político. Con el franco propósito de minar la legitimidad de los organismos autónomos, el Presidente realizó las preguntas abiertas “…pero yo le pregunto a la gente que nos esta viendo, ¿sabían que existía ese organismo?… ¿Sabían los mexicanos del Conapred?”. Asimismo afirmó que todos ellos (refiriéndose a los órganos constitucionales autónomos) se crearon en el sexenio de Vicente Fox. Y, aunque en términos temporales su apreciación es parcialmente correcta, se equivoca al pretender que Fox los hubiese diseñado o siquiera propuesto.
En realidad la posibilidad de instaurar un sistema de contrapesos constituido por organismos públicos autónomos que se encargaran de garantizar derechos humanos en específico se entiende en el contexto de la transición a la democracia. En el régimen hegemónico mexicano había un modelo de gestión gubernamental de los derechos (antes garantías individuales), en el que el Estado era juez y parte en la tutela de derechos y restitución de los daños. Por obvias razones, sin imparcialidad y dejando en completa vulnerabilidad a las víctimas de violaciones a derechos humanos, el Estado no reconocía su participación en dichas violaciones.
Recordemos que la violación a los derechos humanos se da entre una autoridad responsable del acto u omisión hacia a un particular, es decir, una relación de subordinación, asímetrica o desigual entre quien ejerce el poder de transgredir la esfera de derechos de las personas. Es el Estado quien, a través de sus funcionarios y servidores públicos, de los distintos gobiernos que han abusado del poder, causando violaciones a la dignidad humana. Lo anterior actualiza la necesidad de que el gobierno no sea el único ente del Estado que tutele los derechos. Precisamente el debate público y el impulso de la sociedad civil exigió que el Estado Mexicano otorgara espacios e instituciones de carácter autónomo, es decir independiente del gobierno, para que se garanticen los derechos humanos.
Los órganos constitucionales autónomos se instituyen para tutelar derechos en específico a través de su estudio y profundización, estableciendo mecanismos y procedimientos para salvaguardar a las personas, ejecutando políticas públicas enfocadas a tutelar el derecho y promoviendo entre las demás entidades del Estado sus acciones. Los Organismos más conocidos de tutela de derechos se encuentran INE (derechos político-electorales) INAI (derecho a la información, transparencia y datos personales), CNDH (violación a derechos humanos reconocidos en el sistema internacional de derechos humanos), aunque hay otros como INEGI, CONEVAL, Banco de México, COFECE, IFT, entre otros con funciones más específicas pero también fundamentales y que exigen por la naturaleza de sus funciones, autonomía e independencia del poder político.
Esta autonomía e independencia del poder garantiza que las labores de los órganos públicos autónomos se establezcan más allá de las mayorías políticas temporales y de los gobiernos en turno, de tal forma que los intereses políticos coyunturales no interfieran en la tutela de los derechos a su cargo, la metodología de sus investigaciones y las determinaciones de políticas. Por lo tanto, naturalmente, son instituciones incómodas al poder político porque limitan su arbitrariedad y propensión autoritaria.
El principio de los pesos y contra pesos del poder viene de la teoría política, originalmente problematizada como división de poderes, primariamente expuesta por Montesquieu en El espíritu de las Leyes, destacando que solo la distribución de las funciones ejecutiva, legislativa y judicial podrían limitar el uso arbitrario del poder público y, de esa forma, salvaguardar la libertad y los derechos de los ciudadanos, pues “solo el poder puede limitar al poder”. Con el avance del ideal democrático moderno, se reconoció que no solo se debe dividir o distribuir el poder sino que debe existir equilibrio de esos poderes al formarse como pesos y contrapesos, puesto que si alguno de esos poderes quisiera ejercer de forma arbitraria, el otro poder podría controlarlo y equilibrar la balanza, logrando límites efectivos a toda posibilidad de arbitrariedad.
En efecto, los contrapesos del poder son esenciales en todo régimen que se presuma democrático, los cuales se manifiestan de forma vertical, en los diversos órdenes de gobierno (en nuestro caso como Estado federal) y horizontales, por cuanto a la diversidad de entes que constituyen el sistema político. Entre ellos, los organismos públicos autónomos se han constituido como entidades que con su función garante de derechos específicos (derechos político-electorales, derecho a la información, derechos humanos, entre otros) sirven de contrapesos a los poderes tradicionales. Aunado a ello, los contrapesos sociales en la época contemporánea (que no son de carácter público) están constituidos por la academia, la opinión pública, los medios de comunicación y la masa crítica, es decir, la sociedad civil.
Ante un escenario en el que el Presidente ha asumido el ejercicio de una presidencia imperial, utilizando una categoriza de la ciencia política contemporánea en la que el presidente y su partido conforman amplias mayorías en el Poder Legislativo (el fenómeno de la sobrerrepresentación) al punto que le es innecesaria la negociación política y el diálogo entre las distintas fuerzas políticas, logrando evadir todo tipo de contrapesos a su gestión gubernamental, es necesario retomar con vigor la problematización de los límites al poder público. Y el límite que ejercen los organismos públicos autónomos cumplen en parte esa función en cuanto a la garantía de derechos humanos.
Conforme a la teoría garantista de los derechos fundamentales, cuyo máximo exponente es el jurista italiano Luigi Ferrajoli, los derechos fundamentales se encuentran en una esfera en la que el poder público no puede deliberar o decidir en perjuicio de las personas la atribución de los mismos, sino reconocerlos y garantizarlos, conocida como la esfera de lo indecidible, por lo que la tutela gubernamental de derechos humanos es incompatible con la visión garantista. En cambio, el fortalecimiento de organismos autónomos e independientes del poder constituyen garantías para tales derechos. Luego entonces, cuando el Presidente ataca dichos órganos autónomos, ataca las garantías a los derechos en sí mismos.
Pongamos de ejemplo a la discriminación racial. El sociólogo francés Michel Wieviorka, uno de los académicos más importantes respecto de los estudios del racismo, señala que los fenómenos como el racismo, que se manifiestan en la forma de discriminación racial y segregación racial, deben ser abordados partiendo de que existe una correlación entre su conocimiento o profundización y la capacidad de acción, que en términos públicos implica el diseño, implementación y ejercicio de políticas públicas para combatir las prácticas que los reproducen. Es decir, solo en la medida en que entendamos el fenómeno, el Estado podrá diseñar acciones para combatirlas. Y la Conapred es el organismo encargado de hacer esa indagación.
La Comisión Nacional para Prevenir la Discriminación es un órgano desconcentrado y sectorizado a la Secretaría de Gobernación, instituido por la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, publicada en junio del 2003, encargado de recibir y resolver quejas por actos de discriminación cometidos por autoridades federales o particulares en función de servidores públicos, en virtud del origen étnico o nacional, sexo, edad, tono de piel, discapacidad, condición social o económica, condición de salud, religión, opiniones o ideas, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que impida o anule el reconocimiento o ejercicio de derechos e igualdad de oportunidades de las personas. Sin embargo, el organismo goza de autonomía técnica y de gestión, por lo que adopta sus decisiones con plenitud de independencia y autonomía respecto de la Segob, no subordinado a autoridad alguna para realizar sus procedimientos y resoluciones. En esto se encuentra la relevancia del rol que juega la Conapred en la tutela de derechos.
En ese sentido, por la reciente importancia de las discusiones en la opinión pública sobre la discriminación racial, la Conapred fue el primer organismo que incentivó la comprensión de este fenómeno y, en coordinación con otros organismos autónomos como el INEGI, establecer medidas y procedimientos, así como métodos para recabar datos e información que sirva de fundamente en el análisis, diseño y evaluación de políticas públicas.
Hablar de racismo en México implica sacar a la luz todo el conjunto de prácticas discriminatorias y de segregación que por el tono de piel se originan. Se trata de visibilizar prácticas normalizadas en la dinámica social de nuestro país, y que laceran la dignidad de las personas. No basta con anunciar la idea de que el racismo y la discriminación existen, sino que se debe medir sus alcances y manifestaciones. Al respecto el INEGI realiza una Encuesta Nacional Sobre Discriminación, en la que determinó que los motivos principales de discriminación en el 2016 fueron: la forma de vestir o arreglo personal, el peso o estatura, las creencias religiosas, edad y tono de piel, según el 53.8% de mexicanos mayores de 18 años.
Y no solo conoce de los motivos de discriminación sino que a través de su metodología evidencian cuáles son los derechos que son negados a las personas a raíz de la discriminación, los cuales fueron en 2017: 1) la atención médica o medicamentos, 2) la atención o servicios en alguna oficina de gobierno, 3) la entrada o permanencia en algún negocio, centro comercial o banco, 4) recibir apoyos de programas sociales, y 5) obtener algún crédito de vivienda, préstamo o tarjeta. Los principales ámbitos donde las personas indígenas y las que tienen alguna discapacidad percibieron haber sido discriminadas en el último año, son los servicios médicos, la calle o transporte público, y en la familia.
Por lo que los resultados de este ejercicio ofrecen un panorama amplio y relevante sobre el tema de la discriminación, con información que permita identificar a qué grupos de la población afecta en mayor medida. De esa forma, la información generada por el INEGI y el CONAPRED serán las bases para el diseño de políticas públicas orientadas al fomento de una sociedad libre de discriminación, sin embargo, la visión gubernamental actual no es proclive a diseñar políticas públicas enfocadas a eliminar la discriminación (racial y de otro tipo) sino que su visión unilateral se basa solo en la reivindicación de derechos sociales, sin distinciones entre la población vulnerable y discriminada de manera específica.
Aunque la visión del Presidente es la de una tutela gubernamental de los derechos, basado en que el gobierno y sus entes, funcionarios y oficinas, desplieguen medidas, procedimientos y políticas públicas orientadas a salvaguardar los derechos de los mexicanos, la experiencia demuestra justo lo contrario, que ese modelo viola derechos humanos. Si el gobierno tiene el monopolio de la tutela de derechos (los que fueran), los intereses políticos y las mayorías temporales podrían condicionar su protección y garantía, es decir, vulnerarían la esfera de lo indecidible.
En suma, la existencia, prevalencia y fortalecimiento de los organismos públicos autónomos es fundamental para la garantía de derechos humanos y, de esa manera, fortalecer las condiciones mínimas del Estado de derecho y el régimen democrático. Si bien éstos pueden ser perfeccionados, mejorados y rediseñados, no se debe caer en la narrativa de que sus imperfecciones ameritan su desaparición, como se hizo con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, que fue desaparecido por el presente gobierno. Por lo tanto, la afrenta a estos organismos solo podrá ser contenida por los mismos agentes que impulsaron su creación: una sociedad civil fuerte, estructurada y participativa que reivindique la importancia de los organismos públicos autónomos.