Cuernavaca, Mor., 1 de junio.- En el caso Samir Flores Soberanes la Fiscalía General del Estado violó los derechos humanos de la víctima, principalmente en el acceso a la justicia, además de que nunca citó a declarar al entonces delegado de Bienestar Hugo Erick Flores y utilizó de manera superficial las declaraciones de testigos para inculpar del homicidio a un hombre que estaba encarcelado desde julio de 2020.
Así se lee en la recomendación 103/2022 que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió al fiscal general de Morelos, Uriel Carmona Gándara, por las irregularidades detectadas en la investigación sobre el crimen de Samir Flores Soberanes, asesinado en febrero de 2019, en el marco de su labor como opositor al proyecto de construcción de una termoeléctrica en la comunidad de Huexca.
Luego del crimen, la CNDH expone que miembros de organizaciones civiles informaron que la víctima había cuestionado al delegado de Bienestar Social, Hugo Erick Flores Cervantes, durante la asamblea informativa sobre la consulta de la Termoeléctrica en Jonacatepec, Morelos, ante funcionarios estatales y federales.
“Sin embargo, y pese a su activismo, las autoridades ministeriales no citaron a declarar a los involucrados ni tuvieron como línea de investigación el activismo de la víctima”, reclama el organismo nacional.
Y precisa:
“Entre las irregularidades y omisiones cometidas por las personas servidoras públicas que han impedido el esclarecimiento del caso, está la utilización superficial de las declaraciones de testigos para atribuir a una persona el homicidio, quien desde el 24 de julio de 2020 se encontraba privado de su libertad por diversos delitos, además de agregar, de manera extemporánea, el testimonio de un policía local que dice haber reconocido el automóvil del presunto responsable, oír detonaciones cerca del domicilio de la víctima y ver huir al ahora recluido, junto con otras personas”.
También subraya que meses después del asesinato de Samir, se integró el testimonio del policía a la carpeta de investigación y sirvió de base para consignar al presunto responsable, quien se encontraba en prisión por otros ilícitos.
La CNDH refiere asimismo que la FGE se mostró renuente a colaborar porque a pesar de los requerimientos a la Fiscalía Especializada de Homicidios, no tuvieron acceso oportuno a la carpeta de investigación ni a los testimoniales de los testigos, con el argumento de la secrecía de la investigación o que la CNDH no era parte interesada.
Así que, concluye la CNDH, del análisis lógico-jurídico del expediente se acreditan violaciones a los derechos humanos al acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia, atribuibles a personal de la Fiscalía Estatal de Morelos en la integración de la carpeta de investigación cometidas en agravio de la víctima, por lo que es necesario que se continúe con la integración de la carpeta y se tome en cuenta, entre otras líneas de investigación, el antecedente de que la víctima era defensora de la tierra y el territorio en su comunidad de origen y opositora al proyecto termoeléctrico.
Y recomienda al fiscal general que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos, brinde la reparación integral de los daños a las víctimas indirectas de este caso, que incluya la compensación justa y suficiente y les inscriba en el Registro Estatal de Víctimas.
Asimismo, pide que se otorgue la atención médica, psicológica y tanatológica que requieran las víctimas, y colaborar en la presentación y seguimiento ante la Fiscalía Especializada en Visitaduría y Asuntos Internos con la denuncia administrativa que este Organismo Nacional interponga en contra de tres personas servidoras públicas del personal ministerial que han participado en la integración de la carpeta por las irregularidades y omisiones cometidas.