Por Leticia Villaseñor

Cuernavaca, Mor., 21 de abril.- Los partidos Verde Ecologista, del Trabajo y Morena, se quedaron sin candidatos a diputaciones plurinominales, los dos primeros por incumplir con la paridad de genero y el tercero por presentar de manera extemporánea su lista  de propuestas.

El acuerdo IMPEPAC/CEE/120/2018, obliga a los 11 partidos políticos participantes en el actual proceso electoral, a presentar una lista de ocho candidaturas plurinominales y sus suplencias en las que debe postular a una mujer en la primera posición intercalando las subsecuentes posiciones en ambos géneros hasta agotar la misma.

En sesión permanente del Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), los consejeros sometieron a votación los acuerdos relativos al cumplimiento de la aplicación de paridad de género y lineamientos para el registro de sus propuestas.

En ese sentido, resolvieron que el PT perdió sus registros a plurinominales por no presentar candidatos suplentes en la séptima y octava posición, pero además este instituto político perdió también la posibilidad de postular a sus candidatos en los municipios de la zona oriente y altos de Morelos Yecapixtla, Tepoztlán, Tlayacapan, Tetela del Volcán, Totolapan, Ocuituco y Zacualpan de Amilpas, en la zona sur en Miacatlán, Mazatepec y Tlaquiltenango, así como en los distritos III, IV y IX, de baja votación correspondientes a Tepoztlán, Yecapixtla y Puente de Ixtla, respectivamente.

El Verde por registrar únicamente dos fórmulas y en la primera postuló a un hombre y en la segunda fórmula a una mujer.

En el caso de Morena, este partido se quedó sin candidaturas plurinominales en la revisión del acuerdo citado al no presentar sus registros a tiempo.

En el Partido Nueva Alianza, la candidata propietaria de la primera fórmula Blanca Nieves Sánchez Arano, quedó fuera al no exhibir en tiempo y forma la constancia de residencia.

El Partido Encuentro Social, perdió sus candidaturas en la primera posición, cuya titular era la actual regidora de Cuernavaca Grethel Nancy Streber Ramírez, debido a que su suplente Frida Paola Arellano Martínez, no exhibió en tiempo y forma la constancia de residencia vigente que precise la antigüedad, asimismo, en la fórmula cinco, Maricela Jiménez Armendáris Y Liliana Marure Yde, propietaria y suplente respectivamente, no exhibieron en tiempo y forma el currículum vitae ni la  declaración bajo protesta de decir verdad de la candidatura y que cumple con los requisitos de elegibilidad.

El PRI, en la sexta fórmula debido a que su suplente Julián Uribe Pérez no presentó copia certificada del acta de nacimiento, constancia de residencia que precise la antigüedad ni las tres fotografías tamaño infantil requeridas.

Similar caso ocurrió con la candidata suplente por la séptima posición del Partido Social Demócrata Erika Abigail Martínez Velázquez, al no exhibir acta de nacimiento, copia de credencial de elector vigente, constancia de residencia, tres fotografías y currículum vitae.

En el Partido Humanista de Morelos, el suplente de la fórmula tres, propietario y suplente de la cuatro, los suplentes de la cinco, seis y ocho, no exhibieron en tiempo y forma la constancia de residencia expedida por la autoridad competente.

Los únicos tres partidos sin observaciones fueron el PRD, PAN y Movimiento Ciudadano, con la aprobación de sus ocho fórmulas.

Acorde al artículo 25 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Morelos, los requisitos para ser diputado plurinominal se requiere ser morelense por nacimiento o con residencia efectiva de tres años anteriores a la fecha de la elección, en pleno goce de sus derechos como ciudadano del estado.

Tener una residencia efectiva por más de un año anterior a la elección del Distrito que represente, salvo que en un municipio exista más de un Distrito Electoral, caso en el cual los candidatos deberán acreditar dicha residencia en cualquier parte del municipio de que se trate y tener una residencia efectiva dentro del Estado por más de un año anterior a la fecha de la elección.

Ser ciudadano del estado en ejercicio de sus derechos y estar inscrito en el Registro Federal de Electores, contando con credencial para votar actualizada; haber cumplido 21 años de edad.

Al momento de su registro, los aspirantes debieron entregar su solicitud expedida por el Consejo Estatal (con nombre y apellidos y, en su caso sobrenombre con el que pretenda aparecer en la boleta electoral; edad, lugar de nacimiento, domicilio, tiempo de residencia y ocupación; cargo para el que se postula; género; denominación y emblemas de partido, coalición o candidatura común que lo postula; clave y fecha de la credencial de elector, número de emisión de la credencial y OCR (reconocimiento óptico de caracteres o CIC (código de identificación de credencial), y firmada.

Debe ir acompañada por la Declaración, bajo protesta de decir verdad, de aceptación de la candidatura y que cumple con los requisitos de elegibilidad; copia certificada del acta de nacimiento del candidato expedida por el Registro Civil; copia de la credencial para votar con fotografía; constancia de residencia vigente que precise la antigüedad, expedida por la autoridad competente, dentro de los quince días anteriores a la presentación de su solicitud de registro; tres fotografías tamaño infantil, y Currículum vitae.

El materia de paridad, el estado de Morelos fue pionero en el año 2015, durante el proceso electoral local, en el que se renovaron las alcaldías, sindicaturas, regidurías y diputaciones locales, sin cumplir con los acuerdos del 50% en candidaturas plurinominales.

En febrero de ese año, el Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) envió la confirmación del acuerdo IMPEPAC/CEE/0005/2015, en el que, entre otros argumentos, adujo que los instrumentos internacionales obligan a los Estados a garantizar el derecho de las mujeres a participar en igualdad de condiciones con los hombres, en todos los cargos y funciones públicas, exigiendo a los gobiernos a adoptar medidas especiales para promover el adelanto de las mujeres y la igualdad de género.