Cuernavaca, Mor., 21 de julio.- Con el Nuevo Sistema de Justicia Penal Adversarial, se protegen los derechos de las víctimas y de los imputados, ambos tienen derecho a un asesor jurídico, a medidas cautelares o de protección, dijo María Luisa de Jesús Rodríguez Cadena, juez de control, juicio oral y ejecución de sanciones, del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
Las audiencias pueden ser privadas, cuando el ministerio público pida al juez permiso para llevar a cabo una orden de aprehensión o cateo, en este caso, es claro que la defensa del imputado no tenga conocimiento para dar seguridad a la investigación, comentó María Luisa de Jesús Rodríguez.
Otro caso de una audiencia privada se da cuando se trata de asuntos sexuales o de secuestro, en este punto, la prioridad es salvaguardar la dignidad humana, como lo determina la ley, dijo la juez del TSJ.
“En estas audiencias las victimas declaran y dan su testimonio, como son cuestiones íntimas que atentan contra la dignidad humana, el testigo presencial de la menor víctima o de secuestro, o en su caso, cuando el perito en criminalística muestra imágenes o lugares precisos”, explicó.
La transparencia, la prontitud y un proceso justo son parte de las bondades que brinda el Nuevo Sistema de Justicia Penal Oral, indicó María Luisa de Jesús Rodríguez Cadena, juez de control, juicio oral y ejecución de sanciones, del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
El sistema es transparente porque en su mayoría, las audiencias son públicas, salvo aquellas que son solicitadas por el ministerio público para llevar a cabo órdenes de aprehensión y de cateo, es decir, aquellos actos en los que el investigador pide permiso al juez para realizar los mismos, explicó Rodríguez Cadena.
“El proceso acusatorio y oral permite que tanto víctimas como imputados conozcan de manera presencial cómo se hizo la detención, la puesta a disposición, el reporte que hace el oficial; con ello dan certeza de cómo se llevó a cabo la actuación y si éste no fue bien documentado por los policías municipales, estatales o de investigación criminal –de la Fiscalía-, especializados en secuestro y extorsión, los presuntos imputados pueden objetar los argumentos del oficio de puesta a disposición”, subrayó la juez.
En la audiencia oral, las partes pueden exponer su testimonio y evidencias que hayan encontrado. Con el sistema tradicional no se podía interrogar o contra interrogar al perito como se hace ahora, hoy todos escuchamos preguntas y respuestas, indicó.
“Además de que las audiencias son transparentes, las partes del proceso pueden solicitar el video grabado de la audiencia, además, los interesados saben quién es el ministerio público, el asesor jurídico de la víctima, su defensa y el juez que da seguimiento a la audiencia. Es importante que los ciudadanos sepan que el juez no debe hablar con las partes en privado, tiene que ser frente a los servidores públicos que intervienen en la audiencia”, detalló María Luisa de Jesús Rodríguez.