Por Oswald Alonso

CUERNAVACA, Mor., 24 de junio.- El Instituto Nacional Electoral (INE), abrió la convocatoria para el registro de aspirantes a ser los nuevos consejeros locales electorales en Morelos.

La convocatoria establece que serán siete los consejeros, a nombrar a más tardar en el mes de septiembre. Se nombrará a un presidente por siete años, tres consejeros por seis años y tres más por tres años.

Este mismo martes, el secretario de Gobierno, Jorge Messeguer Guillén, dijo que incluso los actuales consejeros podrían participar pero llamó a los ciudadanos a tomar parte porque en el proceso no habrá recomendación que valga.

Los interesados tendrán que cumplir con estos requisitos: ser ciudadano mexicano por nacimiento, no haber adquirido otra nacionalidad, y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; ser originario de la entidad federativa correspondiente o contar con una residencia efectiva de por lo menos cinco años anteriores a su designación, salvo el caso de ausencia por servicio público, educativo o de investigación por un tiempo menor de seis meses.

Aparecer inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar vigente; tener más de 30 años de edad al día de la designación, poseer al día de la designación, con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de nivel licenciatura y gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial.

Tampoco haber sido registrado como candidato ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los cuatro años anteriores a la designación, no desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal en algún partido político en los cuatro años anteriores a la designación; no estar inhabilitado para ejercer cargos públicos en cualquier institución pública federal o local.

Dentro de los requisitos también se encuentra el no haberse desempeñado durante los cuatro años previos a la designación como titular de secretaría o dependencia del gabinete legal o ampliado tanto del gobierno de la Federación o de las entidades federativas, subsecretario u oficial mayor en la administración pública de cualquier nivel de gobierno. No ser jefe de gobierno del Distrito Federal, Gobernador, Secretario de Gobierno o su equivalente a nivel local, no ser Presidente Municipal, Síndico o Regidor o titular de dependencia de los ayuntamientos.