Por Leticia Villaseñor
Cuernavaca, Mor., 24 de enero.- Por afirmativa ficta, la reforma constitucional que avala la permanencia de los magistrados hasta por 20 años en el cargo, fue aprobada este día en la sesión permanente del Congreso local.
Durante la sesión, los legisladores dieron a conocer que sólo 9 de los 30 municipios a los que les fue enviado el dictamen para su aprobación a través de sus sesiones de cabildo, se les acabó el plazo, ya que les fue enviado entre los días 19 y 20 de diciembre pasados y tienen un periodo de 30 días a partir de su recepción.
Es decir, 21 municipios no votaron el dictamen, como el caso de Cuernavaca donde los regidores “reventaron” la sesión de forma consecuente hasta que se les acabó el tiempo.
Sólo las localidades de Tetela del Volcán, Tlalnepantla, Tlayacapan, Yecapixtla, Jojutla, Mazatepec, Miacatlán, Xochitepec y Zacatepec se manifestaron en contra.
En contraparte, Atlatlahucan, Axochiapan, Ayala, Cuautla, Cuernavaca, Jonacatepec, Ocuito, Temoac, Tepalcingo, Tepoztlán, Totolapan, Yautepec, Zacualpan de Amilpas, Amacuzac, Coatlán del Río, Emiliano Zapata, Jiutepec, Puente de Ixtla, Temixco, Tetecala y Tlatizapán fueron omisos en su votación, “entendiéndose que han aceptado la reforma”, acorde con la ley.
A pesar de que faltan los resultados de los municipios de Tlaquiltenango, Jantetelco y Huitzilac, al enviarse dicho dictamen hasta el 10 de enero pasado, su voto no tiene efecto ya que se requiere del 50% más uno para su aprobación, lo que quedó superado con la omisión de los 21 municipios referidos.
Los magistrados permanecían 6 años en su cargo, con posibilidad a una ratificación de ocho años, sin embargo, con la reforma, se eliminó la ratificación y se establece su permanencia 14 años más.
En los artículos transitorios se establece que los actuales magistrados del TSJ, TUJA y TJA permanecerán en el cargo 20 años.
“Por esta única ocasión durarán en su encargo hasta cumplir 20 años contados a partir de la fecha de su primera designación, sin perjuicio de la aplicación de la disposición constitucional que establece el retiro forzoso por razón de edad y gozarán de haber de retiro…”,
La reforma a los artículos 40, 89, 109 bis, 109 de la Constitución Política del estado de Morelos, “tiene por objeto el garantizar la independencia del Poder Judicial a través de la eliminación de la ratificación de los magistrados, así como el aumento de la edad del retiro forzoso de 65 a 70 años”.
La reforma, la cual supera incluso el tiempo de permanencia de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el máximo tribunal del país, que es de 15 años.