Por Leticia Villaseñor
CUERNAVACA, Mor., 10 de agosto.- El cobro de la propina en establecimientos como restaurantes o bares es ilegal, pero su sanción obedecerá a si los agraviados denuncian o no ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), declaró la delegada Zaira Antonia Fabela Beltrán.
Luego de la denuncia pública que hicieran tres clientes, quienes la madrugada del pasado sábado fueron golpeados por personal del bar “El Eclipse”, ubicado en el corredor de la Plazuela del Zacate, en pleno centro histórico de la capital morelense al negarse a pagar la propina.
Fabela Beltrán hizo un llamado a los propietarios de los establecimientos de servicios de abstenerse de hacer “este tipo de cosas, ya que la propina no puede ser ni sugerida ni impuesta pero el cliente debe tener en mente que debe dejarla si recibió un buen servicio”, dijo.
Asimismo, recalcó que las víctimas de estas faltas administrativas deben hacer su denuncia ante la dependencia federal para que ésta pueda realizar las sanciones convenientes y establecer el monto de una multa.
“Esto no es nada agradable, hay que hacer una denuncia y posterior a ello acudimos al establecimiento para confirmar la anomalía y verificar si no incurren en otras, se procede al cierre y multa correspondientes pero no tenemos la facultad de clausurar el lugar”, detalló.
Si bien explicó que lo imperante de la denuncia en contra de un lugar en específico, no necesariamente se requiere una denuncia para iniciar un operativo.

El secretario del ayuntamiento, Enrique Paredes Sotelo, clarificó que el lugar fue clausurado por alterar el orden público el pasado domingo, ya que presuntos trabajadores del bar referido agredieron físicamente a tres clientes al negarse a dejar propina.
“El lugar permanece cerrado pero en el momento en que el dueño del lugar o el responsable jurídico se presente en el ayuntamiento, se le da el monto de su multa y si su licencia está en regla, no hay pretexto para su reapertura, si el lugar reincide en estas prácticas, sí puede ser clausurado”, explicó.
Elementos policiacos que llegaron al lugar, a petición de los afectados, no procedieron a su detención, a pesar de la flagrancia del delito, bajo el argumento que sólo con orden de cateo están facultados para hacerlo, de lo contrario se puede considerar un allanamiento.